La deducción por inversión en vivienda habitual se suprimió en 2013, pero se sigue aplicando sin cambios para aquellos contribuyentes que compraron antes al 1 de enero de 2013.
La tradicional desgravación por compra de vivienda se encuentra en peligro de extinción, pero aún existe. Solo se aplica para quienes se convirtieron en propietarios antes del 1 de enero de 2013. Por ello, a medida que estos vayan pagando sus hipotecas dejará de existir.
La deducción supone la posibilidad de desgravarse el 15% de lo que hubieran pagado de hipoteca en 2017, hasta 9.040 euros. Siempre debe tratarse de la vivienda habitual siendo una parte del impuesto de carácter estatal y otro autonómico.
Hacienda entiende por adquisición de vivienda habitual, a efectos de la deducción, la adquisición en sentido jurídico del derecho de propiedad o pleno dominio de la misma, aunque éste sea compartido, siendo indiferente el negocio jurídico que la origine. Asimismo, el pago del seguro de vida y el de hogar, obligatorios en la concesión de la hipoteca, son deducibles año tras año.
No forman parte de la base de la deducción:
Se considera rehabilitación de vivienda habitual las obras realizadas en la misma que cumplan cualquiera de los siguientes requisitos:
La base máxima de deducción será única para todas las cantidades invertidas en vivienda habitual ya sea adquisición, rehabilitación, construcción, ampliación o cuenta vivienda, con excepción de las destinadas a obras e instalaciones de adecuación en vivienda habitual por razón de discapacidad, para las que existe una base de deducción independiente, siendo ambas deducciones compatibles entre sí, recuerdan desde la Agencia Tributaria.
Después del 1 de enero de 2013 sólo tendrán derecho a aplicar la deducción por inversión en vivienda habitual:
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