Atención al cliente

CoHispania dispone de un Servicio de Atención al Cliente (en adelante SAC) al que pueden dirigir tanto las quejas como las reclamaciones relacionadas con el servicio prestado. El SAC es y actúa con plena autonomía e independencia del resto de servicios de la Compañía. Esta posible tramitación de quejas o reclamaciones ante este servicio y ante los servicios de reclamaciones de los supervisores financieros es incompatible con cualquier otra vía que comporte un procedimiento judicial o administrativo.Los deberes de información quedan recogidos en la vigente legislación (Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras.) publicada en el BOE nº 72, de 24 de marzo de 2004, en sus páginas 12683 a 12688 y especialmente a lo especificado en su artículo 9.

El SAC pretende

  • Atender y resolver las quejas, reclamaciones y consultas presentadas, directa o mediante representación, por personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras clientes de la Sociedad, cuando las mismas se refieran a intereses o derechos legalmente reconocidos relacionados con operaciones, contratos o servicios prestados por la empresa, ya deriven de los propios contratos, de la normativa de transparencia y protección de la clientela o de las buenas prácticas y usos, en particular del principio de equidad.
  • Hacer llegar a la dirección de la empresa recomendaciones y sugerencias sobre todos aquellos aspectos que, en su opinión, supongan un fortalecimiento de las buenas relaciones y mutua confianza que deben existir entre la empresa y sus clientes.

Información a aportar por el reclamante

El reclamante deberá aportar al menos la siguiente información

  • Nombre y apellidos del interesado
  • Domicilio del interesado (y en su caso de la persona que lo represente)
  • Para personas físicas el NIF del Interesado y
  • Para personas jurídicas los datos referidos al registro mercantil.
  • Motivo de la queja, especificando claramente las cuestiones sobre las que solicita un pronunciamiento.
  • Oficina de CoHispania donde se han producido los hechos (si procede)
  • Nº de tasación (o inmueble relacionado)
  • Lugar, fecha y firma.
  • Pruebas documentales (en su caso).

Legislación Aplicable

  • Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible
  • Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre, por la que se regula el procedimiento de presentación de reclamaciones ante los servicios de reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
  • Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras.
  • Real Decreto – Ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera
  • Ley 7/2017, de 2 de noviembre, por la que se incormpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/11/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo.